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Criterios y requisitos para la aplicabilidad del Anexo I del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación

Tijuana, B.C. a 14 de enero 2025

Estimados clientes:

Por este medio, hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía, dio a conocer el 13 de enero del 2025 a través del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) el oficio No. 400.2025.001 referente a los “Criterios y requisitos para la aplicabilidad del Anexo I del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación

A continuación, les compartimos un resumen:

Las empresas IMMEX podrán importar temporalmente mercancías del sector textil y de la confección cuando se cumpla con los siguientes requisitos:

  • Deben de contar con la Certificación IVA & IEPS y ésta no se encuentre sujeta a procedimiento de suspensión o cancelación.
  • Otorgar a la autoridad acceso en línea al sistema automatizado de control de inventarios a que se hace referencia el anexo 24 apartado C de las RGCE.
  • Tener antecedentes de importación de las mercancías que deseen importar temporalmente cuando menos del último año calendario.
  • Presentar un escrito que cumpla con lo previsto en la Regla 1.3.5. de las Reglas y Criterios de SE.
  • Manifestar el deseo de verse favorecido con estos criterios.

Para consultar el resto de los requisitos favor de descargar el oficio:

Oficio 400.2025.01

Atentamente,

Promoción y Servicio Tijuana

Agencia Aduanal Pérez Ortiz, S.C.